No es fácil responder a esta pregunta, pero en
este período de espera, mientras vemos como evolucionan las distintas
iniciativas judiciales que están en marcha, y llegados a esta época del año, he
decidido realizar un breve balance, reflexionando sobre la situación del sector.
Es
obvio que la actuación de la Dirección
General de Ordenación del Juego ha resultado decepcionante, y no ha estado
a la altura de lo que se esperaba de ella, ni ha ejercido diligentemente las
funciones que la propia ley del juego
le reserva.
No
obstante, creo que es bueno recordar que, en ocasiones, se han conseguido
resultados favorables para los apostantes que han reclamado por vía administrativa ante la esta DGOJ. No
por resoluciones de la misma (como debería haber sido) sino por iniciativa de
las propias casas de apuestas, que, al ver las reclamaciones, han decidido pagar,
para archivar el procedimiento. Por ello, nunca hay que descartar presentar una
reclamación administrativa, que es gratuita, y no impide acudir posteriormente
a la vía judicial, si fuese necesario.
Aquí
os recuerdo 5 ejemplos:
Lbapuestas (antes de huir) pagó a un cliente más
de 1.700 euros >aquí<.
Betfair pagó a un cliente más de 400 euros >aquí<.
Bet365 me pagó una cantidad importante >aquí<.
La
vía administrativa no se ha mostrado tan efectiva como debiera, y por eso ha
llegado el momento de acudir a la vía
judicial (individualmente, y con cierta ayuda como contaré cuando pueda) confiando
en que los jueces solucionen el grave problema propiciado o, al menos,
consentido, por la indolencia de la DGOJ.
Si
bien es cierto que hay que acudir a los tribunales por necesidad (ante la falta de respuesta del Regulador), éste no es ni
mucho menos un recurso a la desesperada o con escasas posibilidades de prosperar,
sino que hay indicios para pensar que puede ser una alternativa perfectamente
válida para acabar con la impunidad que disfrutan (casi) todas las casas de
apuestas.
Estas
casas no son, precisamente, caritativas por naturaleza, así que si deciden
pagar al ver los fundamentos jurídicos de la reclamación administrativa (que
saben que no les acarreará problema alguno, debido al “talante” del Director
General), tal vez sea para evitar que una demanda similar llegue al juzgado
correspondiente. La renuncia de otras dos casas (como luego veremos) a presentarse a juicio, podría avalar esta teoría.
Y
es que, frente a ese “lo pone en las condiciones y punto”, esgrimido por las
casas de apuestas como único
argumento para anular o modificar a su antojo apuestas correctamente
formalizadas, hay argumentos legales suficientes para discutir y,
probablemente, desacreditar tan burda explicación, por lo que es comprensible
que muchas casas prefieran evitar la confrontación ante un juez.
El
Código Civil, la Ley
General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la Ley del Juego y su
normativa de desarrollo,…, parecen incompatibles con estas prácticas,
manifiestamente abusivas, de las bookies.
De no cumplirse la normativa
vigente en España actualmente, se generaría una absoluta inseguridad jurídica
para el apostante, que, en la práctica, convertiría cada apuesta en un contrato
que genera obligaciones (sin derecho alguno) para el apostante, y derechos (sin
obligación alguna) para la casa de apuestas; algo que espero que ningún juez
consienta.
Aunque disponía
de más casos para denunciar, decidí presentar inicialmente solo 4 demandas, ya
que me perecían suficientes para conocer la opinión de los jueces respecto a estas
anulaciones (y modificaciones) arbitrarias de apuestas, practicadas por las bookies.
Juegging,
Luckia y Sportium (en dos ocasiones) han sido las elegidas como demandadas,
aunque finalmente parece que todo se va a reducir a un “1 contra 1” entre
Sportium y yo (y nuestros respectivos abogados), tras haber rehusado el
enfrentamiento las dos primeras.
Juegging, de forma más elegante, llamándome para disculparse
por el “malentendido” y abonando las ganancias que me correspondían, más los
intereses legales generados, sin necesidad de celebrar el juicio.
Luckia, demostrando su total desconsideración por el
cliente y la juez, sin acudir al juicio programado, algo que espero valore
adecuadamente la magistrada a la hora de dictar sentencia. Probablemente tendrá
que pagar las ganancias más los intereses, y como obsequio navideño, recibiría,
además, la buena publicidad que supone la difusión de una sentencia
condenatoria firme por no pagar a los clientes, el “sueño” de toda casa de apuestas.
Viendo el
irracional comportamiento de los dirigentes de algunas bookies, uno se pregunta
cómo han podido llegar hasta donde están. Supongo que tener influencia y
contactos en determinados estamentos de poder, puede llegar a pesar que la
inteligencia y la creatividad
Y ya solo
quedan las dos demandas contra Sportium, cuyos juicios, como hemos visto,
se celebrarán en Vigo (y no en Barcelona como pretendía la casita de apuestas),
lo que ya es un buen comienzo; y llegar con un par de precedentes favorables,
tampoco sería mala señal.
Si Dios
quiere y se resuelven favorablemente como las dos primeras demandas, las casas
de apuestas “.es” van a tener que replantearse seriamente su negocio.
Incluso
alguna bookie podría ver en este “inconveniente” una oportunidad para diferenciarse
de la competencia, anticipándose a lo inevitable. Pero no lo creo, no tienen
talento para ello.
En España
faltan casas de apuestas serias, y sobran chiringuitos; a ver si pronto
invertimos la proporción.
2015
promete ser un año interesante. Y quizás haya alguna novedad más, pero no
quiero anticiparme a los acontecimientos.